¿Cómo funciona la Red de Prestadores de la Ley Ricarte Soto?
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A través de decretos, el Ministerio de Salud va definiendo la red de prestadores que otorgará las prestaciones sujetas al sistema de protección financiera de que trata esta ley.

Para que los prestadores que forman parte de la red puedan otorgar tales prestaciones, deberán suscribir, previamente, un convenio con el Fondo Nacional de Salud.
Estándares y acreditaciones
Como garantía para los beneficiarios de esta ley, para pertenecer a la Red de Prestadores de la LRS, se deben cumplir estándares regulatorios generales, como una autorización sanitaria y la acreditación de la Superintendencia de Salud; además, se deben cumplir con estándares de probidad y transparencia.
Para tener autorización para otorgar prestaciones correspondientes a cada problema de salud, se deben cumplir con estándares específicos.
Los prestadores de la red varían en cuanto al problema de salud diagnosticado y la intervención sanitaria para la cual se entregan los servicios.
Es relevante señalar que no todos los prestadores ofrecen servicios de salud para todos los problemas ni para todas las intervenciones sanitarias (diagnóstico, tratamiento y seguimiento).
En caso de no cumplir con la entrega de los servicios de salud considerando las garantías de calidad y oportunidad y demás aspectos considerados en la ley, los prestadores podrían recibir sanciones de la Superintendencia de Salud, que pueden ser: amonestaciones entre 10 y 1000 UTM, y un sumario administrativo, en el caso de prestadores públicos.
Conoce la Red de Prestadores completa en este enlace.
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Bibliografía
Fonasa. Ley Ricarte Soto. Disponible en: https://www.fonasa.cl/sites/fonasa/beneficiarios/ley-ricarte-soto