¿Cómo activar coberturas LRS en FONASA e ISAPRES?

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Para activar a las coberturas que ofrece la Ley Ricarte Soto, los pasos a seguir dependerán si el paciente que busca acceder a ellas se encuentra afiliado a FONASA o a una ISAPRE.

En el caso de FONASA, pueden acceder a esta cobertura todas las personas beneficiarias del seguro público en sus tramos A, B, C o D y sus cargas familiares:

  • Primero, el médico tratante del Consultorio, Cesfam, Centro de Referencia de Salud, (CRS) Centro de Diagnóstico y Terapéutico, (CDT), Hospitales generales y hospitales de especialidad, quien debe contar previamente con clave para acceder al sistema de postulación de la Ley Ricarte Soto, debe tener una sospecha de que el diagnóstico de su paciente puede ser uno de los problemas de salud garantizados por la ley.

 

  • Si esto se cumple, efectuará la postulación del caso en la plataforma web de Fonasa, a través de los documentos electrónicos “Formulario de sospecha fundada”, que se enviará al centro confirmador, y el “Formulario de solicitud de tratamiento”, que se hará llegar al comité de expertos. Los criterios de inclusión para los beneficiarios están definidos en los Protocolos dictados por el Ministerio de Salud.

 

  • Una vez que el médico tratante haya hecho esta postulación, recibirá la respuesta del comité de Expertos Clínicos del Ministerio de Salud y le avisará al paciente en caso de ser aprobado o no su tratamiento para ser financiado por esta ley.

 

  • En caso de ser aprobado, el paciente podrá acceder a la red de prestadores para ser atendido. Esta está compuesta por instituciones acreditadas por la Superintendencia de Salud y aprobadas por el Ministerio de Salud. El médico realizará las indicaciones para el inicio del tratamiento e indicará el lugar/establecimiento dónde se iniciará el tratamiento.

Revisa el listado de prestadores aquí.

En el caso de las ISAPRES:

Los pacientes afiliados a isapres que quieran acceder a estas garantías de salud deben primero solicitar la Cobertura Adicional de Enfermedades Catastróficas (CAEC) contemplada en sus contratos de salud previsional. Si el contrato de salud no contempla CAEC, se aplicarán las disposiciones del Sistema de Protección Financiera, sin exclusiones.

Una vez que Fonasa reciba la postulación de su médico tratante, informará directamente este hecho a su Isapre, quien activará inmediatamente la CAEC, por ser un requisito para que opere el Sistema.

Tras esto, el conducto regular es:

  • El médico tratante de la clínica o consulta privada, quien debe contar previamente con clave para acceder al sistema de postulación de la Ley Ricarte Soto, llenará electrónicamente el “Formulario de sospecha fundada”, que se enviará al centro confirmador, y el “Formulario de solicitud de tratamiento”, que se hará llegar al comité de expertos.
  • El centro confirmador debe aprobar o descartar la sospecha.
  • El comité de expertos clínicos tiene que confirmar o descartar la solicitud de tratamiento.
  • Una vez que el médico reciba las respuestas, debe informar al paciente la decisión de ambas entidades y completar el “Formulario de constancia”.
  • El médico debe informar al paciente los pasos a seguir para iniciar el tratamiento.

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